AI y el Centro Prodh exigen la reparación del daño al migrante de Honduras
El Discurso
Lunes, 11 de Septiembre de 2017
El caso de Ángel Amílcar es emblemático de la criminalización del Estado mexicano a las y los migrantes en tránsito.
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* El Centro Prodh y Amnistía Internacional exigen que la Recomendación sea cumplida a cabalidad.
* El caso de Ángel Amílcar es emblemático de la criminalización del Estado mexicano a las y los migrantes en tránsito
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 33/2017, en donde reconoce que fueron violados los derechos a la libertad personal, a la integridad personal, a la asistencia consular, a la protección de datos personales, al honor y al acceso a la justicia del migrante hondureño garífuna Ángel Amílcar Colón Quevedo, tras casi tres años de haber obtenido su libertad.
En su momento el líder comunitario y defensor de derechos humanos denunció que fue torturado por elementos del Ejército y por policías federales; y llevado a instalaciones militares donde le tomaron su declaración ministerial sin recibir asistencia consular. Ángel Amílcar fue liberado el 15 de octubre de 2014, luego de más de cinco años de injusta prisión; gracias a la defensa jurídica del Centro Prodh y al acompañamiento de Amnistía Internacional quien lo nombró “Preso de Conciencia”.
El Centro Prodh y Amnistía Internacional exigen a que la Recomendación sea cumplida a cabalidad: que las autoridades señaladas como responsables acepten a la brevedad los puntos recomendados por la CNDH, a fin de que se garantice el derecho a la reparación integral del daño de Ángel Amílcar, incluyendo impulsar con debida diligencia la averiguación previa que ya existe abierta por el delito de tortura en la PGR desde enero del año 2014.
La Recomendación de la Comisión, dirigida al gobierno de Baja California, a la Comisión Nacional de Seguridad (CNS) y a la Procuraduría General de la República (PGR), instruye a reparar el daño material e inmaterial a través de una indemnización por los daños ocasionados, además de la atención psicológica inmediata; el inicio de investigaciones administrativas y penales; y en cuanto a garantías de no repetición, se recomiendan cursos de capacitación a personal de PGR, Policía Federal y Policía Estatal, considerando el contexto de personas migrantes y afrodescendientes y del derecho a la asistencia consular.
La Comisión Nacional concluyó que después de su detención, Ángel Amílcar fue obligado a caminar de rodillas con golpes, al mismo tiempo que lo mantenían esposado. Asimismo, el organismo público señaló que la exhibición de Ángel en medios de comunicación lo avergonzó y lastimó su reputación en su comunidad, tomando en cuenta su papel de líder comunitario del pueblo garífuna y defensor de derechos humano. Dicha exhibición mediática vulneró los derechos a la integridad personal y al honor del migrante. Asimismo, la CNDH sostuvo que Ángel fue retenido por los policías que lo detuvieron durante 15 horas antes de ser llevado ante el Ministerio Público. Después de que la CNDH sostuvo en su Recomendación que Ángel permaneció cinco días en estado de indefensión e incomunicado en instalaciones militares, instruyó a la PGR a emitir una circular a la Delegación de Baja California para que se abstenga de pedir que la retención de indiciados se realice en instalaciones militares.
El caso del hondureño es emblemático del trato violatorio de derechos humanos que brinda el Estado mexicano a las y los migrantes en tránsito por el país; que en vez de ser tratados como víctimas son criminalizados. En el informe “Migrantes en prisión” del Centro Prodh y del Programa de Asuntos Migratorios de la UIA se documentó que en el año 2013 había más de mil migrantes encarcelados, muchos los cuales presumiblemente eran víctimas de un sistema penal que criminaliza a los más vulnerables.